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CELEBRADO EL JUICIO POR LA ACUMULACIÓN DE LACTANCIA Y SOLICITUD DE EXCEDENCIA POSTERIOR

CELEBRADO EL JUICIO POR LA ACUMULACIÓN DE LACTANCIA Y SOLICITUD DE EXCEDENCIA POSTERIOR

La empresa aplica descuentos salariales al personal, principalmente trabajadoras con contratos parciales, que decidían encadenar el permiso por lactancia y la excedencia por cuidado de hijos, lo que en la práctica les obliga a optar por uno de los dos derechos.

En el juicio que se ha celebrado hoy a instancias de CGT en la Audiencia Nacional, se ha llegado al acuerdo de aplicar en Unísono la sentencia del Tribunal Supremo que sobre este mismo asunto está a punto de salir, por la demanda que CGT presentó en la empresa ATENTO.

CGT demandó anteriormente esta misma situación en ATENTO y la Audiencia Nacional nos ha dado la razón. En concreto, según la Audiencia, les descontaban el tiempo proporcional a los nueve meses de acumulación de la lactancia en los que no prestaban sus servicios porque habían solicitado la excedencia por cuidado de hijos/as de manera inmediata al permiso de lactancia.

La empresa alegó que para disfrutar del permiso acumulado para el cuidado del lactante previsto en el artículo 32 del convenio de Contact Center era necesario que el trabajador hubiera prestado servicios a la empresa durante los nueve primeros meses de vida del lactante.

La Audiencia Nacional, en cambio, estima NUESTRA pretensión y declara el derecho de los/as trabajadores/as a disfrutar el permiso acumulado de lactancia y seguidamente de la excedencia por cuidado de hijo/a sin que se apliquen descuentos en la nómina del trabajador o trabajadora.

Entre sus argumentos, la Sala considera que la igualdad de género debe primar a la hora de interpretar y aplicar una norma cuando existan varias opciones e insta a las empresas a “facilitar el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida familiar y laboral”.

En el fallo se reconoce expresamente que la conciliación familiar y laboral “descansa fundamentalmente en hombros femeninos, con importantes repercusiones en brechas de empleo y de condiciones de trabajo, que afectan de modo directo a la línea de flotación de la igualdad de trato y oportunidades”.

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