Los pluses también se cobran en los permisos
Gracias a la demanda interpuesta en solitario por la CGT quien use cualquiera de los permisos retribuidos que establece el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, o del artículo
28 del Convenio Colectivo, tendrá derecho a seguir cobrando los complementos de domingos, el plus de festivo, el plus de
nocturnidad y el plus de idiomas.
La patronal defendió ante la demanda de la CGT que dichos pluses, según convenio, estaban vinculados a la efectiva prestación de servicios. Desde luego la farragosa redacción del
convenio no ayuda, pero el Tribunal Supremo ha descartado esto y nos ha dado la razón de manera íntegra. Si estamos de permiso RETRIBUIDO debemos seguir teniendo la misma RETRIBUCIÓN. Por ejemplo, si estamos con un familiar hospitalizado, con horas médicas, o en otra situación análoga, y te descuentan la retribución que hubiéramos cobrado de haber trabajado, el supuesto permiso RETRIBUIDO te cuesta dinero y eso era inaceptable. Ahora, con la sentencia de CGT se acabó esta práctica denigrante y machista.
Sí MACHISTA, porque como CGT denunció en su momento hemos tenido que llegar al Tribunal Supremo, para que las rácanas empresas de Contact Center reconozcan un derecho que suponía una discriminación indirecta por razón de sexo.
Reconoce el Tribunal Supremo que con esta práctica de la patronal se estaba perjudicando a las mujeres trabajadoras puesto que en un sistema patriarcal como este son quienes mayoritariamente se hacen cargo de la atención de los familiares teniendo mayor impacto esta práctica sobre las mujeres, la mayor parte de las personas trabajadoras de este sector. CGT dijo que la patronal con esta práctica hacía más daño a las mujeres que a los hombres y eso lo resalta y lo confirma Tribunal Supremo.
Una vez más se ha demostrado que el único sindicato que siempre lucha por los intereses de las personas trabajadoras es CGT. El resto son más de mirar y adherirse a última hora.