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TELETRABAJO ¿Y AHORA QUE?

El pasado 23 de septiembre se ha publicado en el B.O.E. el RDL que regula el teletrabajo. Buena parte

del personal de Unísono y todo el que está contratado por medio de ETT (a quienes también afecta el conte-
nido de la norma) se encuentra actualmente teletrabajando como medida de contención sanitaria derivada de

la COVID-19, por ese motivo de todo el RDL solo les es de aplicación la Disposición transitoria tercera del
mismo y que trata sobre trabajo a distancia como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19 y
cuyo contenido reproducimos literalmente:
«Al trabajo a distancia implantado excepcionalmente en aplicación del artículo 5 del Real Decreto-ley 8/2020,
de 17 de marzo, o como consecuencia de las medidas de contención sanitaria derivadas de la COVID-19, y
mientras estas se mantengan, le seguirá resultando de aplicación la normativa laboral ordinaria.

En todo caso, las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario.

En su caso, la negociación colectiva establecerá la forma de compensación de los gastos derivados para la persona trabajadora de esta forma de trabajo a distancia, si existieran y no hubieran sido ya compensados.»

Del primer párrafo se desprende claramente y sin que exista interpretación posible que la empresa está
obligada a dotarnos de los medios, equipos, herramientas y consumibles necesarios, y aquí entra desde el
teléfono por el que nos conectamos o recibimos las llamadas, hasta el ordenador, pasando por silla y mesa
adecuados para hacer el trabajo, además debe encargarse del mantenimiento de todo ello. Si tenemos una
avería debe ser la empresa quién la arregle y si nos obligan a ir a recoger cualquiera de estos elementos a
los centros de trabajo debe ser con tiempo de trabajo.

Esto no es negociable, esto no hay que negociarlo, ya está la empresa obligada a ello. Por tanto si estamos teletrabajando y necesitamos cualquiera de estos elementos la empresa está obligada a proporcionárnoslo.

Lo que sí hay que negociar es cómo nos compensa la empresa estos materiales si no ha sido ella
quien nos los ha proporcionado y además hay que pactar también otros gastos que hayamos tenido y aquí
podemos habar desde la fibra óptica, hasta la electricidad o el mayor gasto de
agua.

Desde CGT creemos que esta negociación hay que hacerla en cada empresa, ya que en unas si se han proporcionado teléfono y ordenadores, en otras solo ordenadores y en algunas nada. Por eso ya hemos solicitado a Uní-
sono que de manera inmediata se siente a negociar con el Comité de Empresa la compensación de los gastos asumidos y de la compensación por el uso de nuestros materiales, pero la empresa se ha encontrado con un socio que

le está ayudando a retrasar esta negociación, con el fin último de que en realidad no exista ninguna compensación. Se llama UGT.

UGT actuando como recaderos de las empresas ha iniciado un procedimiento tramposo y chapucero para que esta negociación se realice ilegalmente para todas las empresas del sector, y la empresas están aplaudiendo con

las orejas la iniciativa ya que ello les da margen, pero mucho margen para negociar, menos dinero y más tiempo, la primera reunión ha sido la semana pasada y ya se ha pospuesto a la siguiente pero sin hablar de nada. Desde
CGT ya estamos en contacto con nuestra Asesoría Jurídica para tomar las medidas legales necesarias para que se respeten nuestros derechos.

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